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J. L. Guerrero | 28/01/2010
El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol desestimó hoy el recurso presentado por el Real Madrid contra la sanción impuesta por Competición a Cristiano Ronaldo y ratificó la suspensión por dos encuentros del jugador madridista, que no podrá jugar ni en Riazor el próximo sábado ni ante el Espanyol el fin de semana siguiente. El Madrid, en cualquier caso, pedirá la suspensión cautelar del castigo ante el Comité de Español de Disciplina Deportiva (CEDD), que se reúne mañana.
El club blanco volvió a presentar ante Apelación el vídeo del último Barcelona-Sevilla de Liga en el que el azulgrana Messi calca la acción de Cristiano sin alcanzar en el rostro al jugador que le sujetaba, Marc Valiente, y ni siquiera es amonestado por el árbitro. El Madrid entiende que la decisión en ese caso fue correcta, y exagerada, por tanto, la roja de Pérez Lasa a Cristiano por su golpe a Mtiliga el domingo pasado.
El Madrid también alegó que la redacción del acta era incompleta, algo que la propia resolución del Comité de Competición reconocía, aunque no por ello dejó sin sanción al jugador portugués. El Madrid alegó que "se produjo una falta de concreción del contenido del acta arbitral, incumpliendo el principio acusatorio y generando indefensión, así como que también existió una errónea tipificación de los hechos contenidos en el acta arbitral" y una "errónea aplicación en la modulación de la sanción". El Madrid invocaba a las atenuantes de arrepentimiento espontáneo y provocación suficiente".
En los fundamentos jurídicos, Apelación explica que no es labor del árbitro y sí de los comités, calificar los hechos, porque el árbitro "actúa sólo como denunciante". Añade que "si el árbitro no hubiera apreciado acción sancionable o intencionalidad alguna, no hubiese procedido a expulsar al jugador". Y concluye que se ha producido "falta de concreción" en el acta.
Apelación considera que la acción de Messi, a la que invoca el Madrid no tiene "ningún nexo causal, ni siquiera coincidencia, con el que ahora se juzga" ya que "no se sancionó durante el transcurso del juego y por ello no entró en sede jurisdiccional, no pudiendo por tanto conocer la decisión que los comités hubieran tomado en caso contrario".
Igualmente, Apelación no considera la atenuante de provocación por parte de Mtiliga "por la absoluta desporción" entre la falta del malaguista y la respuesta de Cristiano.
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