J. M. M. | 04/07/2008
Un proceso destinado a canalizar la situación de insolvencia de una empresa. El juez analiza la situación y decide si procede aplicar la ley. La Concursal la pueden pedir tanto la empresa, que entiende que no tiene capacidad para salir de la crisis, como los acreedores.
El juez nombra unos administradores que controlarán los movimientos económicos del club. Se eligen como administradores a abogados y economistas y su misión es controlar los intereses de los acreedores y permitir el funcionamiento de la entidad. Sin su autorización no se avala un cheque.
Por un convenio con los acreedores en el que se establece una quita, es decir, aquella cantidad a la que las partes renuncian a cobrar, y una espera, en donde se establece un calendario de pagos para garantizar la continuidad. La ley permite que se aplique a los jugadores un expediente de regulación de empleo con indemnizaciones bajísimas. Pero se podrían ejercer acciones en contra del administrador.
Los clubes se están aprovechando. La instrumentalizan en su propio beneficio. No se acogen a ella los que están en la elite, porque ningún jugador querría fichar por ellos. La situación deficitaria en un club es algo natural. La están utilizando en varias direcciones, como para intentar no pagar a los jugadores.
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